Como obtener el certificado de discapacidad y que requisitos hay que cumplir tras la reforma de la ley
El Gobierno aprobo este martes un anteproyecto de ley que aspira a reformar las leyes de discapacidad y dependencia, incluyendo numerosas novedades que buscan reducir listas de espera y tramites administrativos.
Aunque la norma tiene todavia un largo proceso de tramitacion por delante, Moncloa defiende que el objetivo es “garantizar mas derechos para las personas con dependencia o con discapacidad y ampliar la cartera de servicios a la que pueden optar”, asi como “revertir los recortes que quedaban vigentes del ultimo Gobierno del Partido Popular”.
Que es lo que cambia
Segun adelanto el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 en la presentacion del texto y como recoge el portal web de dicha cartera, en materia de discapacidad se introducen varios cambios concretos importantes, como son:
- Reconocimiento automatico del 33% de discapacidad a todas las personas en situacion de dependencia.
- Reconocimiento del derecho fundamental a la accesibilidad universal, reivindicable ante cualquier instancia, de forma que se pueda exigir la accesibilidad en edificios y servicios que sean publicos. Para ello, se creara un Fondo Estatal de Promocion de la Accesibilidad Universal que financiara las intervenciones que sean necesarias (instalacion de rampas, creacion de audiodescripciones, etc.).
- Modificacion de la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a las administraciones competentes a ofrecer ayudas economicas para realizar obras de accesibilidad en edificios de viviendas y para obligar tambien a la comunidad de vecinos de cada edificio a solicitar estas ayudas si alguna de las personas residentes asi lo solicita; tambien, se rebaja del 75% al 70% el porcentaje de financiacion de la obra a pagar por la comunidad de vecinos.
- Prohibicion a las compañias de seguros de salud y de vida la discriminacion a personas con discapacidad que quieran contratar un seguro.
- Supervision del desarrollo de la Inteligencia Artificial para eliminar sesgos discriminatorios que puedan afectar a las personas con discapacidad, por ejemplo en procesos de seleccion de personal.
- Designacion de las personas con discapacidad como grupo social de interes preferente para el Sistema Español de Ciencia, Tecnologia e Innovacion.
- Medidas para garantizar la salud sexual y reproductiva de las mujeres con discapacidad y fomentar el desarrollo infantil a traves de servicios de atencion temprana.
Por otra parte, en cuestion de dependencia algunos de los cambios anunciados mas relevantes son:
- Supresion del regimen de incompatibilidades en las prestaciones del Sistema para la Autonomia y Atencion a la Dependencia.
- Eliminacion del plazo suspensivo de dos años en las prestaciones economicas para cuidados en el entorno familiar.
- Extension del servicio de ayuda a domicilio a actuaciones en el entorno comunitario que van mas alla de las necesidades de cuidado personal y domesticas.
- Ampliacion de la prestacion economica para cuidados en el entorno familiar, permitiendo que se reconozca tambien cuando el cuidado lo presten personas allegadas.
- Reconocimiento de la teleasistencia como un derecho fundamental para todas las personas en situacion de dependencia que residan en su domicilio.
- Eliminacion de la restriccion que limita la asistencia personal a los ambitos de educacion y trabajo para permitir orientarlo a cualquier edad y a todas las areas de la vida de las personas.
- Inclusion de tres nuevos servicios: servicio de cuidados y apoyos en viviendas incluyendo viviendas colectivas; servicio de provision de productos de apoyo mediante prestamo o cesion temporal y servicio de asistencia personal que proporciona apoyos y cuidados. personalizados a traves de asistentes personales
- Se contempla que sea la persona dependiente quien tenga derecho a decidir sobre las prestaciones y servicios que reciba, garantizando los derechos a permanecer en el entorno elegido y a recibir una atencion libre de sujeciones fisicas, mecanicas, quimicas o farmacologicas.
- Derecho a recibir atencion sanitaria sea cual sea el lugar de residencia, con el fin de evitar situaciones como la ocurrida durante la pandemia de covid-19.
- Reconocimiento del derecho de las personas cuidadoras no profesionales a recibir apoyos, asesoramiento, seguimiento y formacion para su bienestar fisico y emocional, asi como a obtener informacion accesible sobre las prestaciones y la calidad de los servicios y a disponer de medidas para la conciliacion de la vida personal, familiar y laboral.
¿Cuales son los tramites y requisitos?
En el momento en que la norma sea definitivamente aprobada por las Cortes y entre en vigor, las personas con situacion de dependencia reconocida deberian pasar automaticamente a tener reconocida una discapacidad del 33%, segun se desprende de este anteproyecto de ley.
Mientras tanto, y (a falta de concreciones posteriores en el texto legislativo) para las personas que no se encuentren en una situacion de dependencia reconocida o que tengan un discriminacion de mayor grado, los tramites continuan siendo los mismos que hasta ahora, y dependen de la Comunidad Autonoma de residencia.
A nivel nacional, segun la web del Imserso, los requisitos incluyen:
- Ser ciudadanos españoles y estar empadronados en la comunidad autonoma respectiva.
- Estar en alguno de los cinco grupos de discapacidad: fisica, mental, intelectual, sensorial o pluridiscapacidad.
- Contar con un certificado medico o fotocopia de la resolucion de la Comision de Evaluacion de Incapacidades, dependiente de cada Comunidad Autonoma.
Hay que tener en cuenta que, como decimos, los tramites son algo diferentes en cada region y por ello los documentos a aportar o los procedimientos pueden ser ligeramente diferentes.
Entre los posibles beneficios a los que pueden optar las personas con reconocimiento de grado de discapacidad, destacan:
- Acceso a medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad.
- Adaptacion del puesto de trabajo.
- Adaptacion de pruebas selectivas en el acceso al empleo publico.
- Jubilacion anticipada.
- Acceso a la vivienda de proteccion publica.
- Subvenciones y/o ayudas de caracter individual: tratamientos rehabilitadores, productos de apoyo, accesibilidad y adaptaciones en el hogar etc.
- Tratamientos rehabilitadores y de apoyo.
- recursos y apoyos educativos.
- Pension no contributiva (PNC) por invalidez.
- Prestaciones economicas y sociales para personas con discapacidad: Asistencia Sanitaria y Prestacion Farmaceutica y Subsidio de Movilidad y Compensacion para Gastos de Transporte.
- Prestaciones familiares: Asignacion economica por hijo o menor con discapacidad acogido a cargo, o mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior a 65%.
- Ampliacion del periodo de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido.
- Ingreso en Centros.
- Beneficios fiscales: Necesidad de ayuda de tercera personas para desplazamiento a lugar de trabajo, movilidad reducida, necesidad de vivienda adaptada, etc.
- Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Bonotaxi.
- Reducciones en medios de transporte.
- Otras ayudas y servicios para el colectivo de personas con discapacidad que se contemplen en los organismos competentes en materia de Servicios Sociales ya sean municipales, autonomicos o estatales, o de la iniciativa privada social.
Referencias
Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 (2025). Aprobado el anteproyecto para reformar las leyes de Dependencia y de Discapacidad: se revierten los recortes, se garantizan mas derechos y se amplia el catalogo de servicios. Consultado online en https://www.dsca.gob.es/es/comunicacion/notas-prensa/aprobado-anteproyecto-reformar-leyes-dependencia-discapacidad-se el 12 de febrero de 2025.
Instituto de Mayores y Servicios Sociales. Grado de discapacidad. Consultado online en https://imserso.es/autonomia-personal-dependencia/grado-de-discapacidad el 12 de febrero de 2025.
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Fuente: www.mmmedicalpr.com